Tras la media sanción a la ley que suspende las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), el senador bonaerense Luis Vivona, que responde a Cristina Kirchner, presentó un proyecto para modificar el artículo 13 bis de la Ley 5109, que impide las reelecciones indefinidas para diputados y senadores en la provincia de Buenos Aires, como sucede en el Congreso nacional.
La iniciativa vuelve a tensar el vínculo entre la expresidenta y Axel Kicillof, en medio de la tregua que abrió la decisión de Cristina Kirchner de desistir del proyecto de elecciones concurrentes y aceptar el desdoblamiento anunciado por el gobernador.
Reelecciones indefinidas en la provincia de Buenos Aires
Las reelecciones indefinidas fue uno de los temas que debatió puertas adentro el peronismo y que se perfilaba para ser tratado en la Legislatura bonaerense con fecha de las elecciones; PASO y reelecciones, que formaron parte del conjunto de las iniciativas en materia electoral que se debatirían este año.
La propuesta presentada por el kirchnerismo propone modificar el artículo 13 bis de la ley 5109, para que los diputados y senadores puedan ser reelectos indefinidamente. El texto original establece que solo pueden ocupar la banca por dos períodos consecutivos, hayan sido completos o no, y que para volver a presentarse deben respetar un intervalo de un período.
De aprobarse, nombres de peso, como la senadora Teresa García -con línea directa con Cristina Kirchner-, o el diputado camporista Facundo Tignanelli, que responde a Máximo Kirchner-, podrían presentarse como candidatos con la intención de ser reelectos este año, por tercer período consecutivo, y la expresidenta mantener dirigentes leales en ambas cámaras, en tiempos en los que el kirchnerismo ya no confía en el gobernador.
También modifica el artículo 3 del decreto ley 6769/1958 (Ley orgánica de las Municipalidades), pero no incorpora cambios sustancias. Establece que 'el Intendente será elegido directamente por el pueblo, durará en sus funciones el término de cuatro (4) años y podrá ser reelecto por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período. Quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo, sin importar que el mismo haya sido ejercido total o parcialmente. Los Concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro (4) años y podrán ser reelectos. El Concejo se renovará por mitades cada dos (2) años'.